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Informes de evaluación del edificio

Informes de evaluación del edificio

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DESCRIPCIÓN

El Informe de Evaluación de los Edificios (IEE) es un documento que acredita la situación en la que se encuentran los edificios en relación con:

  • Su estado de conservación.
  • El cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal.
  • El grado de su eficiencia energética.

Los titulares de la propiedad de un edificio, ya sea en su totalidad o parcialmente, e independiente de su naturaleza jurídica, son RESPONSABLES de que sus inmuebles dispongan de IEE en vigor y debidamente registrado si se encuentran entre los edificios obligados.

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Nuestros Objetivos

Cualquier edificio puede ser objeto de un IEE si se quiere conocer su estado general y su adecuación a las exigencias básicas de calidad en la edificación establecidas en la normativa, si bien, en cualquier caso, ESTÁN OBLIGADOS A DISPONER DEL IEE todos aquellos que:

  • Tengan una antigüedad superior a 50 años.
  • Estén catalogados o tengan algún tipo de protección patrimonial, con independencia de su antigüedad, salvo que se haya iniciado un expediente de declaración de ruina.
  • Vayan a solicitar una Ayuda Pública para la Rehabilitación

Además, es posible que, sin estar obligados, sea muy conveniente realizarlo para conocer, de forma precisa y rigurosa, su estado general y su adecuación a las exigencias básicas de calidad en la edificación establecidas en la normativa y acreditarlo, ya sea para acometer obras de rehabilitación o por cualquier otro motivo.

El técnico redactor, en función de la evaluación llevada a cabo, emitirá un RESULTADO del estado global del edificio que podrá ser:

  • Favorable.
  • Favorable con deficiencias leves.
  • Desfavorable por deficiencias graves.
  • Desfavorable por deficiencias muy graves.

En función de este resultado, el técnico puede considerar necesario llevar a cabo actuaciones de mantenimiento o reparación, estableciendo, en caso de resultado desfavorable, la obligación de ejecutar obras de subsanación, indicando el plazo de inicio de las mismas, así como la estimación de su duración y coste aproximado. Una vez finalizadas las obras y, por tanto, subsanados los defectos manifestados en el IEE, deberá encargarse la elaboración y registro de un nuevo IEE, el cual evaluará el estado del edificio tras la terminación de las obras.

El IEE tendrá una vigencia de 10 AÑOS desde la fecha de emisión que conste en dicho documento.

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Posibles problemas

Los titulares de la propiedad de un edificio, ya sea en su totalidad o parcialmente e independiente de su naturaleza jurídica (personas físicas, jurídicas, comunidades de propietarios, administraciones, entidades sin ánimo de lucro, etc.), son RESPONSABLES de que sus inmuebles dispongan de IEE en vigor y debidamente registrado si se encuentra entre los edificios obligados, por lo que deberán encargar su realización a un técnico competente, registrarlo y presentarlo ante el Ayuntamiento correspondiente.

Se debe tener en cuenta que el incumplimiento de la obligación de disponer de IEE en la forma y plazos establecidos, tendrá la consideración de infracción urbanística, de conformidad con lo previsto en el artículo 183.3 del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y la Actividad Urbanística, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo.

La detección eficaz de los problemas de conservación y patologías del inmueble recogidas oportunamente en el IEE es fundamental, pues este documento es el punto de partida para planificar una actuación adecuada y proporcionada que tienda a corregir estas deficiencias o incluso plantear una intervención de Rehabilitación en el edificio, pues en un buen número de casos presenta patologías y problemas complejos, a menudo no detectables para los no expertos. Este tipo de obra pueden tener una desviación muy importante en el tiempo y en su presupuesto final si desde el inicio no se diagnostica correctamente la problemática del inmueble.

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¿Como te podemos ayudar?

En e+arquitectos trabajamos siempre realizando una toma de datos exhaustiva del edificio, para conocer al máximo su estado de conservación, situación estructural, patologías, eficiencia energética, plasmando el resultado de un modo veraz y preciso en el IEE.

En e+arquitectos tramitamos la inscripción del IEE en el Registro de Informes de Evaluación de Edificios de Castilla-La Mancha, y la consecuente presentación ante el Ayuntamiento donde se localice el edificio.

Si el resultado del IEE implica una actuación de en el edificio, conocemos al detalle las ayudas a la rehabilitación y su complejo sistema de tramitación. Colaboramos en la elaboración y presentación de la documentación exigida en las convocatorias. Una gran mayoría de nuestros proyectos se han beneficiado de estas ayudas.

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Nuestro plan de Trabajo

Fase 1
Idea
Fase 2
Ubicación
Fase 3
Estudio de viabilidad
Fase 4
Proyecto
Fase 5
Licencia
Fase 6
Financiación y ayudas
Fase 7
Selección del contratista
Fase 8
Dirección de obra
Fase 9
Entrega
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¿Qué opinan Nuestros clientes?